CONTRATO DE TRANSPORTE
CONDICIONES GENERALES TRANSPORTE AEREO

AVISO
Si el viaje del pasajero termina o tiene una escala en un país que no sea el de salida, puede aplicarse el Convenio de Varsovia. Este convenio rige, y en la mayoría de los casos limita la responsabilidad de los transportistas por muerte o lesiones personales, y por pérdida del equipaje o daños al mismo. Véase también los avisos titulados "Aviso a los Pasajeros Internacionales sobre Limitación de Responsabilidad" y "Aviso sobre Limitaciones de Responsabilidad por Equipaje".

CONDICIONES DEL CONTRATO

1. Para los efectos de este contrato "billete" significa este billete de pasaje y talón de equipaje, o este itinerario/recibo si es aplicable, en el caso de un billete electrónico, del que forman parte las presentes condiciones y avisos; transportista” significa todo transportista aéreo que transporte o se comprometa a transportar al pasajero o su equipaje en virtud de este contrato, o realice cualquier otro servicio relacionado con dicho transporte aéreo, "billete electrónico" significa el itinerario/Recibo emitido por y en representación de un transportador, los Cupones Electrónicos y, si es aplicable, la tarjeta de embarque. "CONVENIO DE VARSOVIA" significa el Convenio para la unificación de ciertas Reglas relativas al Transporte Aéreo Internacional, firmado en Varsovia el12 de Octubre de 1929, o dicho convenio tal como fue modificado en la Haya el 28 de Septiembre de 1955, según sea el caso.
2. El transporte realizado en virtud de este contrato está sujeto a las normas y limitaciones relativas a responsabilidad establecidas por el por el Convenio de Varsovia a menos que el transporte no sea "transporte internacional según lo define dicho Convenio.
3. En tanto no exista contraposición con lo anterior, todo transporte realizado y demás servicios prestados por cada transportista estarán sometidos a: 1) las disposiciones que figuran en este billete. 2) las tarifas aplicables, 3) las condiciones de transporte establecidas por el transportista y las reglamentaciones conexas que forman parte de este contrato (y que pueden ser consultadas en las oficinas del transportista), excepto en el caso de transporte realizado entre un punto de los Estados Unidos o Canadá y cualquier punto fuera de dichos países, para los cuales aplicarán las tarifas vigentes en dichos países.
4. El nombre del transportista puede aparecer abreviado en el billete, siempre que el nombre completo, siempre que el nombre completo, y su abreviatura figuren en los manuales de tarifas, condiciones de transporte, reglamentos u horarios del tranportista; la dirección del transportista es la del aeropuerto de salida que figura en el billete frente a la primera abreviatura del nombre del transportista; las escalas convenidas son aquellos puntos que se indican en este billete, o que figuren en los horarios del transportista como escalas previstas en el itinerario del pasajero; el transporte a realizar en virtud de este contrato por varios transportistas sucesivos se considerará como una sola operación.
5. El transportista que emite un billete para transporte por las rutas de otro transportista, actúa sólo como agente de éste.
6. Cualquier exclusión o limitación de responsabilidad del transportista se aplicará y beneficiará a sus agentes, empleados y representantes, y a cualquier persona cuya aeronave utilice el transportista para el transporte y a sus agentes, empleados y representantes.
7. El equipaje documentado será entregado al portador del talón de equipaje. En el caso de daños al equipaje en transporte internacional deberá presentarse por escrito la oportuna reclamación al transportista inmediatamente después de descubrirse el daño, y a más tardar, dentro de los 7 días siguientes a la fecha de entrega; en caso de retraso, la reclamación deberá presentarse dentro de los 21 días siguientes a la fecha en que fuera entregado el equipaje. Consultar los manuales de tarifas o condiciones aplicables para el transporte no internacional.
8. Este billete es válido para transportación por un año a partir de la fecha de emisión, a menos que se estipule otra cosa en el propio billete, en los manuales de tarifas del transportista, en las condiciones ge transporte o en los reglamentos aplicables. La tarifa para el transporte, en virtud del presente contrato está sujeta a modificación antes de iniciarse el viaje. EI transportista puede negarse a efectuar el transporte si la tarifa aplicada no ha sido pagada.
9. El transportista se compromete a esforzarse todo lo posible para transportar al pasajero y equipaje con diligencia razonable. Las horas indicadas en los itinerarios o en cualquier parte no se garantizan ni forman parte de este contrato. En caso de necesidad y sin previo aviso, el transportista puede hacerse sustituir por otros transportistas, utilizar otros aviones y modificar o suprimir escalas previstas en el billete. Los horarios están sujetos a modificación sin previo aviso. El transportista no asume la responsabilidad de que el pasajero haga conexiones.




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